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Contacto, información y canal de denuncias: proteccion@misioneraseucaristicas.org
1. Introducción
1.1. Razones y finalidad del presente documento
«Vosotros sois la sal de la tierra… vosotros sois la luz del mundo» (Mt 5,13-14). Desde el corazón del Evangelio estamos invitados a ser testigos de luz y de esperanza en medio del mundo, testimonios del amor y la santidad de Dios con nuestra vida, aun en medio de la propia fragilidad. Por eso, «entre los signos contrarios al Evangelio de la vida […] hay uno que causa profunda vergüenza: el abuso sexual de los menores»[1]. La realidad del abuso es un problema social innegable que, desgraciadamente, hemos de reconocer también en el interior de la propia Iglesia.
Con insistencia, a lo largo de los últimos años, los Papas han apelado para que todo el Pueblo de Dios asuma con seriedad este tema, afrontando la responsabilidad de atender a las personas que han sido víctimas de abuso, al tiempo que se ponen todos los medios personales e institucionales para instaurar una cultura del buen trato, donde se generen espacios seguros[2].
Atendiendo a la dolorosa realidad del abuso, y desde el deseo de caminar en comunión con toda la Iglesia, inmersa en este proceso de sensibilización, prevención y atención a las personas vulneradas, también desde nuestra Congregación queremos expresar el compromiso institucional, cooperando activamente en la construcción de entornos seguros, de protección y cuidado para todos. Nuestra misma identidad cristiana, consagrada y carismática reclama este compromiso por cuidar, acompañar y reparar, desde la convicción de que el mensaje del Evangelio es incompatible con cualquier tipo de violencia o maltrato.
San Manuel González, nuestro fundador, es un referente importante en la conciencia de esta realidad:
El Maestro Jesús, andando por los caminos del mundo, lo ha encontrado muerto o herido de muerte por un artero y formidable enemigo, ¡el escándalo! y de modo más alarmante aún: por el escándalo de los niños y de los sencillos e indefensos.
Unas veces en forma de gota corrosiva que quema la flor que nace, otras de huracán devastador que arranca hasta las raíces del árbol frondoso, aquí como perfume de narcótico que embruja y adormece para que no se advierta el daño, allí como gas mortífero que se lleva la vida sin derramar sangre, el escándalo, ese ladrón de inocencias y de virtudes, de almas y de paz de familias y de pueblos, ¡qué ruinas va dejando a su paso por el mundo! ¡Dios mío, qué misterio tan abrumador la conciliación entre el amor y providencia sin medida que Tú tienes por las almas y los riesgos tan constantes y casi insuperables a que las somete y expone el misterio sin fin del escándalo…!
¿Por qué permites tanto poder destructor de cosas tan queridas para Ti y tan valiosas como la inocencia, la gracia, la fe, la paz, a cosas tan chicas al parecer, como una mirada furtiva, una palabra al oído, una sonrisa de burla, un papel escrito o grabado, un leve contacto?
¡Maldito pecado original que nos dejó tan desfavorablemente defendidos contra la invasión del mal!
¡Qué bien se entiende la indignación y la pena de tu Corazón ante el riesgo de las almas indefensas ante el escándalo!
«¡Ay del mundo por razón de los escándalos! Porque, si bien es forzoso que haya escándalos, sin embargo ¡ay del hombre que causa el escándalo!» (Mt 18,7).
«Quien escandaliza a uno de estos parvulillos que creen en Mí, mejor le sería que le colgasen al cuello una piedra de molino… y así fuese sumergido en el profundo del mar» (Mt 18,6)[3].
Junto a todas estas razones sociales, eclesiales e institucionales existe también un fundamento jurídico que está a la base de este documento, es decir, la necesidad de cumplir con la normativa vigente, que establece la urgencia de desarrollar protocolos dentro de cada Institución, en los que se aseguren los medios necesarios para prevenir el abuso o intervenir adecuada y eficazmente para detectarlo y combatirlo[4].
1.2. Destinatarios de estas normas
Las normas y orientaciones de esta Política afectan no solo a los miembros de la Congregación de Misioneras Eucarísticas de Nazaret, sino que han de ser conocidas y adheridas por todos aquellos agentes externos que estén implicados en obras o actividades del Instituto, ya sean trabajadores, colaboradores, catequistas, monitores o voluntarios.
1.3. Documentos de referencia de las diferentes Conferencias Episcopales
1.3.1. Europa
Conferencia Episcopal Española, Protocolo marco de prevención y actuación en caso de abusos a menores y equiparables legalmente (Edice, Madrid 2023).
Conferenza Episcopale Italiana e Conferenza Italiana Superiori Maggiori, Linee guida per la tutela dei minori e delle persone vulnerabili (2019) en: https://www.chiesacattolica.it/wp-content/uploads/sites/31/2019/06/27/Linee-guida-per-la-tutela-dei-minori-e-delle-persone-vulnerabili.pdf.
Conferência Episcopal Portuguesa, Conhecer. Prevenir. Agir. Manual de prevenção da violência sexual contra crianças e adultos vulneráveis no contexto da Igreja Católica em Portugal (2023) en: https://grupovita.pt/wp-content/uploads/2023/12/MANUAL-DE-PREVENCAO_VF.pdf.
1.3.2. Latinoamérica
Los siguientes documentos se pueden consultar en la web del Centro de Investigación y Formación Interdisciplinar para la protección del menor (CEPROME):
Conferencia Episcopal Argentina, Líneas-guía de actuación ante denuncias de delitos contra el sexto mandamiento con menores de edad o personas vulnerables (2021).
Conferencia de Obispos Católicos de Cuba, Líneas guías ante casos de abusos de menores de edad y personas vulnerables.
Conferencia Episcopal Ecuatoriana, Protocolo para la prevención del abuso y acoso sexual a niños, adolescentes y personas vulnerables (2020).
Conferencia del Episcopado Mexicano, Líneas Guía del procedimiento a seguir en casos de abuso sexual de menores por parte del clérigo (2016).
Conferencia Episcopal Peruana, Nuevas líneas guía de intervención para el procedimiento a seguir por los obispos ante posibles casos de abuso sexual a menores y personas vulnerables por parte de clérigos (2022).
Conferencia Episcopal Venezolana, Protocolo de actuación ante presuntos casos de abuso sexual a niños, niñas, adolescentes y personas vulnerables (2022).
2. Sensibilización
Como Misioneras Eucarísticas de Nazaret hemos de reconocer y agradecer el bien que nuestra Congregación, a través de tantas hermanas, ha hecho a las personas con las que se ha ido encontrando a lo largo de sus más de 100 años de historia.
Somos portadoras de un mensaje de esperanza, llevar el Evangelio de la Eucaristía nos identifica y creemos en el Dios de la Vida que ha transformado nuestra existencia y nos permite ser testigos de los cambios que realiza en las personas que se dejan alcanzar por Él.
Nuestro fundador nos dejó un ejemplo a seguir en cuanto al trato con los demás. Hemos de sentirnos agradecidas por su vida, que nos orienta en el camino que estamos llamadas a recorrer.
Por eso, queremos dar respuesta desde nuestro ser de consagradas a un mal que, desgraciadamente, atañe a la Iglesia, y que lejos de mitigarse, sigue mostrando al mundo su cara más cruel y dolorosa: la realidad de los abusos de menores y personas en situación de vulnerabilidad.
Los cambios sociales de que somos testigos, la fragilidad antropológica que atraviesa la humanidad, la desestructuración en el ámbito familiar, que muchas veces impide que este sea un espacio seguro para el crecimiento y desarrollo de las personas, la prematura sexualización de los niños y adolescentes a causa de la pornografía y el uso indebido de internet, entre otras causas, nos plantean un panorama desafiante. Esto puede generarnos inseguridad y miedo, por eso es necesario mirar de frente estas situaciones y no dejar de abordarlas.
Las denuncias de las que lamentablemente con frecuencia tenemos noticia no son un ataque personal, son un grito de auxilio de una sociedad herida en sus cimientos, que en algunas personas ha visto rota y pisoteada su confianza por parte de quienes representaban lo más sagrado. Quienes tenían que ser ejemplo de amor, ternura y cuidado se han vuelto violentos y capaces de lo peor.
Si miramos la realidad del abuso desde la conciencia eclesial, como miembros de un mismo Cuerpo, no podemos dejar de sentirnos, de algún modo, responsables. También a nosotras nos puede preguntar el Señor: «¿Dónde está tu hermano?» (Gn 4,9) y referirse con ello a la víctima o al victimario. Por experiencia sabemos que la respuesta en ningún caso puede ser: «¿Acaso soy yo el guardián de mi hermano?» (Gn 4,9), pues la realidad es que somos guardianes de quienes están a nuestro lado. En la indiferencia nos jugamos el ser un fraude para el Señor y los hermanos.
Como miembros de la Iglesia no podemos mirar hacia otro lado, porque esta es una realidad que nos afecta. Por ello necesitamos convertirnos, sensibilizarnos, y si no lo hacemos algo está fallando en nuestra compasión.
Ignorar el dolor de las víctimas de abuso es volver a crucificar al Señor en ellos, pasar por delante del Calvario y repetir con los Sumos Sacerdotes: «Confió en Dios, que lo libre si es que lo ama» (Mt 27,43a). Y seguir nuestro particular camino, dejando atrás y apartando a los crucificados de este mundo.
Ante la realidad del abuso pueden darse distintas maneras de reaccionar, que seguramente hemos constatado en nuestro entorno: rechazo, descrédito, desinterés, miedo, preocupación, aceptación, resignación, escándalo. Así mismo, se utilizan diferentes justificaciones para paliar el dolor que nos provoca lo ocurrido. Esto incluye, a veces, mecanismos de defensa que nos llevan a negar o reducir la percepción del impacto que el hecho provoca en las víctimas. Desde estas posturas no es fácil reconocer el daño que causa el abuso, que perdura en la historia personal y no sana si no es en un proceso que conlleva tiempo y acompañamiento. Para alguien que ha sufrido un abuso no se puede aplicar el dicho: «el tiempo lo cura todo», pues las heridas afloran y en muchos casos impiden a la víctima el normal desarrollo de su vida.
El Papa Francisco, en la carta Vos estis lux mundi, afirma:
Los delitos de abuso sexual ofenden a Nuestro Señor, causan daños físicos, psicológicos y espirituales a las víctimas, y perjudican a la comunidad de los fieles. Para que estos casos, en todas sus formas, no ocurran más, se necesita una continua y profunda conversión de los corazones, acompañada de acciones concretas y eficaces que involucren a todos en la Iglesia, de modo que la santidad personal y el compromiso moral contribuyan a promover la plena credibilidad del anuncio evangélico y la eficacia de la misión de la Iglesia. Esto solo será posible con la gracia del Espíritu Santo derramado en los corazones, porque debemos tener siempre presentes las palabras de Jesús: «Sin mí no podéis hacer nada» (Jn 15,5). Aunque ya se ha hecho mucho, debemos seguir aprendiendo de las amargas lecciones del pasado, para mirar hacia el futuro con esperanza[5].
Por tanto, nada será nunca suficiente cuando se trate de hacer algo para ayudar a quien ha sufrido una afrenta tan grave y humillante, como tampoco lo será todo aquello que se haga para intentar prevenir e impedir que vuelva a suceder. Al mismo tiempo, debemos ser conscientes de que, en algunos casos, podemos ser el único cauce de gracia que encuentre la víctima para acercarse nuevamente a Dios que sana, acoge y es capaz de reparar el daño cometido por sus hijos.
La sensibilización acerca de la realidad del abuso nos impulsa a un compromiso activo que comienza siempre por poner todos los medios para reducir al máximo la posibilidad de que ocurran situaciones de violencia y maltrato en el futuro. En este apartado nos centraremos en primer lugar en la figura del Agente de protección. A continuación se ofrecerán unas pautas a tener en cuenta en la selección del personal, y una propuesta de formación inicial, tanto para los miembros del Instituto como para agentes externos. En el punto siguiente se establece el código de conducta que ha de regir las relaciones dentro de la Congregación y sus obras. Finalmente se ofrecen orientaciones para elaborar los mapas de riesgos.
3. Prevención
3.1. Agente de protección
El Gobierno General de la Congregación designa un Agente o Comisión de protección cuya función será coordinar todas las acciones que comportan la puesta en práctica de este documento, tanto en lo referido a la selección del personal y la formación, como a la intervención en el caso de una denuncia o revelación. También será quien gestione los canales de denuncias habilitados. Ha de contar con un mapa de recursos de asesoramiento jurídico y psicológico al que poder derivar a la víctima y a su familia en el caso de que sea necesario.
La identidad del Agente será conocida por todos los miembros del Instituto, así como por los voluntarios y colaboradores.
Además, en todas las intervenciones pastorales con menores de edad que entren en el ámbito de actividades de ocio y tiempo libre, se ha de designar un Agente de protección, que los menores deben conocer e identificar como referente en materia de buen trato. Esta figura será el responsable de la difusión y el cumplimiento de los protocolos establecidos para dicha actividad, así como de realizar las comunicaciones pertinentes en caso de que se detecte una situación de violencia[6]. Estará en estrecha comunicación con el Agente de protección nombrado para toda la Congregación.
3.2. Selección del personal
La prevención comienza con el proceso de selección de las personas implicadas en las actividades del Instituto, tanto en lo relativo a sus propios miembros, como en lo referente a los agentes externos. Se incluyen por tanto los colaboradores, trabajadores, monitores, catequistas, sacerdotes, voluntarios y, en general, todos aquellos que vayan a tener contacto con menores y adultos vulnerables.
Se debe tener en cuenta:
La obligatoriedad de la presentación del Certificado negativo del Registro de Delincuentes Sexuales para todos aquellos que vayan a desarrollar su actividad profesional o voluntaria en contacto habitual con menores o adultos vulnerables en las obras o actividades del Instituto. Si hay cambios sobrevenidos, deberán comunicarlo.
La firma del Documento de Responsabilidad personal (punto 6.4) en el que explícitamente manifieste:
Su rechazo personal a todo tipo de maltrato o abuso, sea físico, psicológico o sexual.
Que conoce la doctrina de la Iglesia y las normas del Instituto sobre el trato con menores y personas vulnerables, y sabe que la persona que no cumple con dichas normas puede incurrir en un delito.
Que ha sido informado sobre todas estas leyes y el compromiso del Instituto de informar a las autoridades eclesiásticas y civiles de su incumplimiento.
Que, si cometiera cualquier acto de este tipo, lo haría engañando y traicionando la voluntad de la Iglesia, siendo responsable de sus actos y asumiendo sus consecuencias.
El firmante también se compromete a participar en las actividades de formación básica y de actualización en materia de Protección de menores que se organicen, siendo esta formación de carácter obligatorio para todas las personas que intervengan con menores.
Es importante que la persona encargada de realizar la selección conozca la motivación, intereses y expectativas de los posibles candidatos sobre su puesto y funciones a realizar.
Además, se informará de esta Política de protección, de todas las normas vigentes en el Instituto y en la Diócesis correspondiente, que tengan que ver con el trato directo con menores y adultos vulnerables, así como la obligatoriedad de regirse por ellas y las sanciones previstas en caso de incumplimiento.
3.3. Formación
3.3.1. Destinatarios
Todos los miembros del Instituto, así como los agentes externos que desempeñan tareas en las distintas actividades, recibirán formación inicial obligatoria en materia de protección, con el objetivo de:
Crear espacios seguros donde los menores y adultos vulnerables puedan formarse, convivir y desarrollarse de forma integral sintiéndose protegidos.
Llevar a cabo una prevención primaria efectiva en materia de protección.
Conocer y cumplir la presente Política.
Se ha de cuidar que esta capacitación se imparta también en las etapas de formación inicial de quienes integran la Congregación.
Por otra parte, los mismos menores de edad deben ser destinatarios directos de formación, sobre todo en eventos organizados por la propia Congregación, en los que se les han de facilitar pautas y claves para detectar conductas que afecten al buen trato y comunicarlo a quien corresponda, a través de los medios que ponemos a su disposición. Con un lenguaje adaptado a su edad se les informará de sus deberes y derechos, de nuestra Política de protección y de la identidad del Agente de protección.
Asimismo, las familias de los destinatarios de la acción pastoral, han de estar informadas acerca de la Política de protección, del Código de conducta y del Protocolo de actuación.
3.3.2. Contenidos
El contenido de los programas formativos ha de abarcar diferentes temáticas:
- Marco jurídico civil y canónico.
- Conceptualización del abuso y sus tipos.
- Factores de riesgo y de protección.
- Prevención del abuso.
- Indicadores de abuso y su evaluación.
- Consecuencias del abuso.
- Códigos de conducta y de buenas prácticas.
Pasos a seguir ante un caso de sospecha o evidencia de abuso, tanto dentro del Instituto como fuera de él (contenido del protocolo de actuación).
Formación específica en seguridad y uso responsable de Internet, riesgos en entornos digitales y cuestiones relativas al uso intensivo de estos y generación de trastornos conductuales.
Atención a las víctimas, familias, victimarios y comunidades afectadas (acompañamiento psicológico, jurídico, espiritual y pastoral).
Perspectiva teológica del abuso: víctimas y victimarios.
Es conveniente revisar y actualizar periódicamente los programas de formación, para que respondan de manera adecuada a las necesidades de las hermanas y comunidades y de la sociedad en general, adaptándose a las posibles reformas legislativas, teniendo en cuenta la realidad de cada país.
3.4. Código de conducta
Las normas que se establecen a continuación son, en su mayoría, de sentido común y, de hecho, ya se están practicando. Sin embargo, es importante que todos los miembros del Instituto, y en particular las Superioras, verifiquen concretamente que se estén cumpliendo en los diversos ámbitos y situaciones, y velen por su aplicación.
3.4.1. Conductas que deben favorecerse
Respetar la dignidad inviolable de cada persona, sus opiniones, intereses, espacio personal, intimidad, bienes e informaciones personales. Fomentar un trato desde la buena educación, la escucha, la acogida y la aceptación de las diferencias.
Promover el crecimiento en la vida espiritual y el desarrollo de la dimensión trascendente de la persona desde la perspectiva cristiana, respetando su libertad y sus derechos fundamentales.
Fomentar la colaboración, el espíritu de sana deportividad, la integración, la participación, las relaciones saludables y fraternas, abiertas y seguras, los hábitos de comunicación abiertos y transparentes, la resolución pacífica de conflictos, la adecuada autonomía personal.
Respetar la integridad física del menor o adulto vulnerable, de manera que se le permita rechazar activamente las muestras físicas de afecto, aunque estas sean bienintencionadas. Para ello, las demostraciones de cariño han de ser comedidas y respetuosas, y nunca desproporcionadas.
Encauzar conductas inadecuadas, comprometerse en la educación para ayudar a regular los comportamientos del menor para una mejor participación, corrigiendo aquellos comportamientos o actitudes que supongan un peligro para sí mismo o para otros.
Asumir la responsabilidad de protección y cuidado, lo que implica cubrir las necesidades de protección y participación que se presentan, proponiendo a las personas más adecuadas para las tareas más sensibles. Hemos de procurar que nuestras acciones sean un modelo de conducta para los menores.
Advertir, estar alerta frente a las posibles señales de malestar o necesidad, buscando ayuda o pidiendo consejo en el caso de dudas, compartiendo con el Agente de protección cualquier inquietud respecto al buen trato, recurriendo a él cuando haya sospechas o denuncias.
Informar a los padres de todo lo referente al desarrollo de las actividades y la participación de los menores. Se pedirá autorización de los padres o tutores firmada siempre que se realicen salidas, convivencias, excursiones, campamentos y otras actividades. Es recomendable invitar a participar a algunos padres, incluso con una presencia activa, con los mismos requisitos de seguridad que se exigen a otras personas que realicen actividades en contacto habitual con niños.
3.4.2. Conductas que deben evitarse
Comportamientos que, sin ser constitutivos de violencia de forma aislada, nos gustaría minimizar y, por lo tanto, vamos a tener en cuenta para corregir o mejorar.
Mostrar favoritismos de unos sobre otros o hacer que las oportunidades de participar no sean iguales para todos.
Sobreproteger o impedir al menor que haga cosas o tome decisiones que puede desarrollar por sí mismo.
Rechazar o impedir, de forma explícita o implícita, que una persona se integre y participe en el grupo; manifestar poco aprecio por sus opiniones, sentimientos o actividades o devaluar su relación con otras personas importantes para ella. No tener en cuenta sus capacidades y no darle la oportunidad para desarrollarlas.
Contacto físico ambiguo y/o innecesario (por ejemplo, abrazos forzados).
Realizar gestos y tener comportamientos que pueden ser percibidos como ambiguos o que invadan la intimidad.
Usar un lenguaje o mantener conversaciones que puedan ser percibidas como sexualmente ambiguas, agresivas, humillantes, amenazadoras, ofensivas o discriminatorias.
Estar a solas con un menor. Las comunicaciones privadas con menores o adultos vulnerables se realizarán siempre en entornos visibles y accesibles para los demás; se tomarán medidas como abrir puertas, utilizar espacios acristalados o entornos abiertos y visibles. Si se da una situación inusual en la que se quede a solas con un menor o se haya tenido un contacto físico relevante por razones sanitarias o disciplinarias, se informará a los padres.
Transportar a solas a un menor. Si se diera una situación de emergencia en la que esto fuera necesario deben hacerlo al menos dos adultos y, si no fuese posible, contar al menos con otro menor.
Ponerse en otras situaciones con un menor que puedan dar origen a sospechas, comentarios y/o falsas acusaciones.
3.4.3. Conductas que están prohibidas
Comportamientos que implican violencia, son ilegales o completamente inapropiados, tanto si se producen de forma presencial como a través de entornos digitales.
Acosar o amenazar de manera directa o indirecta.
Utilizar, promover o permitir el uso de cualquier forma de violencia verbal, física o psicológica: lenguajes, conversaciones, expresiones, correcciones, advertencias, gestos y/o comportamientos sexualizados, agresivos, humillantes, amenazadores, ofensivos y/o discriminatorios. En este sentido, están prohibidos los juegos, bromas o castigos que puedan ser violentos o tener una connotación sexual, así como las novatadas que impliquen actos vejatorios, denigrantes o sexistas.
Tener relaciones preferenciales o gestos que sean ambiguos, exclusivos, dominadores o discriminatorios de los demás.
Las relaciones sexuales de cualquier tipo con ellos. Además, es motivo inmediato de cese en la actividad pastoral cualquier relación sentimental, consentida o no, de un adulto con menores de edad (niños, preadolescentes y/o adolescentes).
Dormir o quedar a solas en una habitación con un menor.
El contacto personal con un menor o adulto vulnerable fuera de las actividades propias del Instituto con intencionalidad contraria a los principios y comportamientos de este código de conducta (incluso, a través de llamadas de teléfono, mensajería virtual, redes sociales u otros medios).
Conversaciones y/o visualización con el menor o adulto vulnerable de contenidos inapropiados (por ejemplo, de carácter sexual, violento, ofensivo o discriminatorio), sea en forma presencial o digital.
Mantener en presencia de un menor o adulto vulnerable una conducta erótica, exhibicionista o sexualmente provocadora y contraria al pudor, o que implique contacto físico íntimo, besarse o desnudarse.
Todas las acciones o usos de ropas que supongan la excitación sexual o erótica.
Permitir, promover o incentivar en los menores el consumo de sustancias prohibidas (alcohol, tabaco, drogas, etc.) y el acceso o exposición a contenidos, en vivo o multimedia, que sean real o potencialmente nocivos y que puedan ocasionarles daño.
Consumir o acceder a dichas sustancias o contenidos durante la realización de una actividad del Instituto que implique la presencia de menores.
3.4.4. Otros comportamientos específicos
En caso de que algún menor necesite cuidados específicos, se hará en presencia de otro adulto.
Los cuidados de enfermería no urgentes se harán por el personal específico si lo hay, y en todo caso, siempre con la puerta entreabierta.
Se procurará un cuidado especial a los menores o adultos vulnerables con necesidades especiales (sobre todo en situaciones de deficiencia o enfermedad grave; comprensión limitada de la realidad, sexualidad y violencia; dificultades o incapacidad de comunicación, etc.).
En actividades que impliquen pernocta se distribuirán las habitaciones por sexos y por rangos de edad similar.
Los adultos no compartirán habitación u otro tipo de estancia, como los baños, con los menores, salvo imposibilidad manifiesta u otras razones debidamente justificadas, y previa comunicación a otro adulto.
Se respetará la intimidad de las duchas, cuartos de aseo y vestuarios cuando estén siendo utilizados por los menores. En caso de tener que entrar, siempre por una razón justificada, es conveniente que entren dos adultos del mismo sexo que los menores. También se recomienda respetar la distancia personal mientras se permanezca en la estancia.
Cuando por el motivo que sea se requiera la comunicación o el encuentro con un menor fuera del contexto de la actividad organizada por la Congregación, ya sea de forma presencial, por correo electrónico, por teléfono móvil, por redes sociales u otro canal ajeno a los oficiales del Instituto, se implementarán mecanismos de control parental. Además, siempre que se utilice alguno de estos medios para convocar o coordinar actividades, se avisará a los padres o tutores de la posibilidad de que se produzcan este tipo de comunicaciones en el contexto de la actividad.
No se realizarán tomas privadas de imágenes de menores o adultos vulnerables. Siempre que se recojan imágenes durante el desarrollo de las actividades se tomarán, a ser posible, con dispositivos técnicos de la entidad. Los padres o tutores consentirán expresamente por escrito la toma y uso de imágenes, siendo la Congregación responsable de su custodia y uso.
Además, no se colgarán imágenes de los menores o personas vulnerables en las redes sociales personales.
Los sentimientos de afecto o “enamoramiento” hacia catequistas o monitores, a menudo, responden a la consideración del adulto como un ídolo. El adulto ha de tener conciencia de que es responsabilidad suya –y no del menor– gestionar adecuadamente las situaciones derivadas de esas percepciones y sentimientos. Por lo tanto, bajo ninguna circunstancia debe corresponder o insinuarse, sino que ha de establecer, de forma inequívoca y efectiva, unos límites adecuados de comportamiento, relación y aprecio hacia los menores.
3.5. Medidas de aplicación de este Código
Cuando alguna de estas normas sea vulnerada, la persona responsable en cada caso actuará con rapidez y diligencia. Según sea la gravedad de la falta, dicha actuación puede ir desde la advertencia y sugerencia de mejora, a la amonestación, apertura de expediente, alejamiento de la actividad, despido y comunicación a las autoridades civiles en los casos más graves.
Las implicaciones jurídicas que se deriven de cualquier comportamiento que incumpla el código de conducta recaen directamente sobre la persona responsable, quedando exenta la Congregación en lo referente a las acciones de los particulares.
3.6. Mapas de riesgos
El mapa de riesgos es una herramienta que nos permite minimizar las situaciones de potencial abuso, violencia o accidentes. Es una manera de adelantarnos a los acontecimientos y prever circunstancias, habiéndonos puesto de antemano, hipotéticamente, en situaciones indeseadas.
También es una forma de unificar criterios que, a la hora de trabajar en grupo, ya sea con otras hermanas o con personal externo, nos permite establecer pautas claras a las que todos se deben adherir voluntariamente.
Por eso, a ser posible, ha de ser elaborado por todas las personas implicadas en la actividad, pues de esta forma será más rico, eficaz y consensuado. Además, debe quedar claro desde el principio que, una vez establecido, su contenido es vinculante.
Se trata de elaborar un cuadro en el que contemplemos: la actividad, el riesgo y las medidas a tomar para minimizarlo. Hemos de tener en cuenta los riesgos más obvios, lo que ya sabemos por experiencia, y a medida que vayamos dominando el método, podremos completar cada vez más el mapa para que sea lo más minucioso posible y contemple la mayor cantidad de situaciones probables.
La actividad de elaborar un mapa de riesgos puede resultar burocrática, pero es realmente efectiva si se elabora desde la comunión de las personas implicadas en la actividad y será de gran ayuda a lo largo de todo su desarrollo.
Cada Comunidad ha de considerar los riesgos que puede haber en las distintas actividades que se llevan a cabo:
- Actividades con menores (grupos RIE, PreJER y JER, catequesis, excursiones, convivencias, campamentos, centro de niñez, comedores, etc.).
- Actividades en Casas de Espiritualidad.
- Residencias.
- Situaciones de acompañamiento personal.
- Atención a inmigrantes o personas en situación de vulnerabilidad.
- Casa con presencia de Hermanas mayores o enfermas.
- Hospederías.
- Comedores.
- Centros de acogida a menores o adultos vulnerables.
En el caso de actividades con menores en el ámbito del ocio y tiempo libre, el mapa de riesgos es muy aconsejable.
Para la elaboración del mapa de riesgos se puede consultar el punto 6.6, donde se ofrece un modelo que servirá de referencia. Los mapas que se elaboren han de conservarse en el Archivo de la Comunidad.
4. Intervención
Aunque hayamos puesto en marcha todas las medidas de prevención necesarias, es imposible eliminar completamente el riesgo de que se cometan abusos.
Además, hemos de tener en cuenta que quienes participan en nuestras actividades pueden estar expuestos a situaciones de maltrato en otros contextos sociales, por lo que estaremos atentos y preparados para intervenir de forma adecuada.
4.1. Detectar
Es necesario entrenar nuestra mirada, de modo que seamos capaces de observar de manera amplia y objetiva la realidad de los entornos en los que se desarrolla nuestra vida en general y nuestra actividad pastoral en concreto, para saber detectar conductas abusivas o de maltrato y señales de vulnerabilidad.
Existe una serie de indicadores físicos, psicosociales y psicológicos que evidencian la presencia de una situación de abuso. En cualquier caso, no podemos perder de vista que toda persona es potencialmente víctima o victimario, y que cualquier sospecha ha de ser tratada con respeto, prudencia y compromiso.
4.2. Indicadores de abuso sexual o maltrato
Cuando un menor o adulto vulnerable sufre una situación de abuso, esta suele derivar, junto a otros indicadores más específicos, en repentinos cambios físicos, de comportamiento y de estado de ánimo, bajo rendimiento escolar o laboral, conducta sexual inadecuada o anormal respecto a la edad. Por tanto, todo ello se convierte en motivo de especial atención y seguimiento, de modo que se pueda dar con las causas de dichos cambios.
Los indicadores que se presentan a continuación han de considerarse de manera conjunta y no de modo aislado, ya que la presencia de alguno de ellos no siempre es equivalente a una situación de abuso.
4.2.1. Indicadores físicos
- Presencia de lesiones o dolor inexplicable o persistente en la zona genital, anal o senos.
- Embarazo.
- Enfermedad de transmisión sexual.
- Arañazos, moratones o restos de fluidos (sangre o semen).
- Cuadros de dolor inespecífico.
- Enfermedades gastrointestinales.
- Síntomas cardiopulmonares.
- Estado de salud precario en general.
- Síntomas psicosomáticos (dolor de cabeza o abdominal, fatiga, insomnio).
4.2.2. Indicadores psicosociales
- Pérdida de confianza.
- Sentimiento de culpa o vergüenza.
- Deseo de desaparecer.
- Silencio y aislamiento.
- Conducta agresiva consigo mismo y con otros.
- Regresión.
- Falta de concentración.
- Adicciones: drogas, alcohol, pornografía.
- Rechazo al contacto físico o a muestras de afecto.
4.2.3. Indicadores psicológicos
- Depresión.
- Trastornos de ansiedad.
- Ideas suicidas.
- Trastornos del sueño.
- Trastornos de alimentación.
- Comportamiento sexualizado: provocación, exhibicionismo, masturbación compulsiva.
4.3. Protocolo de actuación
En el momento de enfrentarnos a un caso de abuso tendremos que estar dispuestas a oír una historia dolorosa y comprometernos a emprender un itinerario junto a una persona herida en lo más profundo de su ser, que tiene derecho a estar enfadada y reclamar de nuestra parte una justicia que no siempre estará en nuestras manos impartir.
Los escenarios que pueden presentarse son muy diversos, por tanto es necesario intervenir de manera adecuada para garantizar una respuesta acorde, que vele por la seguridad de todas las personas que se ven afectadas por la situación.
Hemos de tener en cuenta factores como:
- quién es el presunto agresor (voluntario, religiosa, trabajador, familiar, una persona que está de manera circunstancial en el entorno, etc.);
- el tipo de abuso cometido y las consecuencias que tiene ese abuso para la víctima;
- la edad de la víctima;
- el contexto en el que acontece el abuso (si es en el marco de nuestra actividad pastoral, en el contexto familiar o escolar, etc.).
También es importante considerar cómo, cuándo y a través de quién o de qué medio tenemos conocimiento de un posible caso[7].
Es preciso, además, distinguir entre la sospecha de una situación de abuso y la revelación explícita del mismo, puesto que no se ha de proceder del mismo modo en un caso u otro.
4.3.1. Modo de proceder ante una sospecha
Ante el caso de sospecha, es necesario comunicarlo, exclusivamente, al Agente de protección, aportando la información recogida para que se establezcan los pasos a seguir, que pueden ir desde una observación más precisa, hasta la apertura de una investigación por parte de alguien capacitado para saber qué y cómo investigar[8].
4.3.2. Modo de proceder ante una revelación (directa o indirecta) de abuso o maltrato:
En cualquier circunstancia es primordial informar al Agente de protección.
Con la víctima
- Mantener la calma y actuar en todo momento velando por el bien del menor que se ve afectado por la situación, comportándose con él de manera respetuosa y desde una actitud de escucha activa y acogida incondicional.
- Permitir que el menor se exprese con libertad, sin interrupciones y sin manifestar, por nuestra parte, emociones de manera exagerada. Las preguntas que se hagan deben ser abiertas, de modo que no se manipule el relato del menor, y los datos que se obtengan sean lo más objetivos posibles.
- Decirle al menor que ha hecho bien en contarlo, que valoramos su valentía, que le acompañaremos en todo momento y que toda intervención en adelante, respecto de este tema, será para ayudarle, por lo que le informaremos oportunamente cuál es el paso siguiente.
- No es conveniente hacerle promesas que no es posible cumplir, como el hecho de mantener en secreto lo que nos ha contado, ni tampoco poner en duda su relato o pedirle que especifique de modo detallado lo acontecido.
- Recoger por escrito la declaración del niño o adolescente lo más pronto posible, reflejando fecha, lugar y hora. Se ha de procurar registrar la información lo más textualmente posible, según lo hayamos escuchado, así como tomar nota del estado emocional del menor, su comportamiento durante el relato, sus expresiones, etc.
- Proveer al menor de asistencia médica, la cual posibilite una exploración física adecuada, en caso de ser necesaria.
- En todo momento, procuraremos darle seguridad y tranquilidad.
Con el acusado
- Si el caso de abuso o maltrato que se ha revelado procede de un miembro de nuestra Congregación o de un agente externo, vinculado al Instituto:
- Se lo retirará de manera preventiva de las actividades con menores a las que ha estado vinculado.
- Se garantizará su presunción de inocencia, protegiendo la reputación de la persona acusada.
- Se comunicará el hecho a las autoridades civiles competentes de acuerdo con la legislación vigente[9], que serán quienes indiquen el modo oportuno de proceder. Esto se hará siempre en coordinación con el Agente de protección.
- Al mismo tiempo, a fin de favorecer una acción coordinada, se notificará al Ordinario del lugar, independientemente de que el hecho conlleve o no un procedimiento canónico.
- Cuando haya motivos para creer que los delitos pueden repetirse, se tomarán sin demora las medidas cautelares oportunas.
- Se recogerá por escrito cuanto se refiera al proceso vinculado a la persona acusada con la mayor objetividad y precisión posible.
- Se realizará un comunicado externo, en los casos que proceda.
- Si el caso de abuso o maltrato que se ha revelado no procede de un miembro de nuestra Congregación ni de aquellas personas sobre las que recae nuestra responsabilidad:
- Se comunicará el hecho a las autoridades competentes de acuerdo con la legislación vigente, que serán quienes indiquen el modo oportuno de proceder[10].
Con la familia
- Comunicar la situación a los padres o tutores del menor, siempre y cuando no sea de ellos de quien proceda la situación abusiva o de maltrato. En ese caso, ha de informarse a la autoridad competente[11].
- Orientar a los padres o tutores respecto de los pasos a seguir y que estipula el protocolo de actuación.
- Ofrecer apoyo psicológico, espiritual y jurídico, tanto a la víctima como a su familia, brindándoles atención y acompañamiento durante el proceso posterior.
- Con el resto de los menores
- En caso de que la situación de abuso sea conocida por el resto de los menores participantes de la actividad se procederá con ellos desde una actitud de apoyo y contención, en la que se los escuche y se les den las explicaciones más ajustadas a su capacidad de comprensión y del modo más acorde a su edad, garantizándoles seguridad.
- Si el referente de un grupo fuese apartado de las actividades pastorales por alguna acusación, se explicará lo acontecido a los menores del modo más conveniente a sus circunstancias y edad.
- En cualquier caso, toda circunstancia de este tipo se convertirá en oportunidad de potenciar la formación respecto del buen trato y de la comunicación de situaciones que sean contrarias a la dignidad de la persona, vinculadas a adultos o pares.
Con el Instituto
- Comunicar al Agente de protección que se ha tenido conocimiento de un caso de abuso o maltrato de un menor o adulto vulnerable vinculado a la acción pastoral del Instituto. Esta persona velará por el cumplimiento del protocolo de actuación.
- Para evitar rumores inapropiados o juicios prematuros, si el caso es conocido por otros miembros del Instituto, se ha de informar con sencillez que se está atendiendo a la situación con diligencia.
- Si el asunto ha trascendido y es preciso hacer algún comunicado a la prensa, será el área de comunicación de la Congregación la que aborde la situación.
- En todo momento, se ha de transmitir calma, demostrando que se están dando los pasos oportunos y que se está gestionando la situación con responsabilidad y en el marco de la normativa vigente.
- En toda circunstancia, se cuidará con diligencia la confidencialidad del caso, de modo tal que se proteja tanto la figura de la víctima como la presunción de inocencia del victimario.
4.4. Canal de denuncias
El Instituto facilita un buzón de correo electrónico para que cualquier persona pueda denunciar abusos o situaciones irregulares que acontezcan en el presente o hayan tenido lugar en el pasado en alguna de sus obras o actividades. Esta dirección se dará a conocer en la página web de la Congregación y en la formación e información que se imparta a todos los niveles.
Dirección de correo electrónico: proteccion@misioneraseucaristicas.org
4.5. Evaluación
A fin de que esta Política cumpla con eficacia los objetivos propuestos debe ser evaluada y revisada al menos cada tres años.
6. Anexos
6.1. Marco jurídico civil y canónico
6.1.1. Marco jurídico civil
Convención de los Derechos del Niño (Asamblea General de las Naciones Unidas, 1989, ratificado por España en 1990).
Resolución “Un mundo digno para los niños” (Asamblea General de las Naciones Unidas, 2000).
Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, prostitución infantil y utilización de niños en la pornografía infantil (Asamblea General de las Naciones Unidas, 2004).
Convenio de Lanzarote para la protección de los niños contra la explotación y el abuso sexual (Consejo de Europa, 2007).
Ley 26061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (Argentina, 2005).
Política integral de niñez, adolescencias y juventudes (Cuba, 2023).
Ley 100, Código de la niñez y adolescencia (Ecuador, 2003. Última reforma: 2019).
Ley Orgánica 8/2021, del 4 de junio, de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (España, 2021).
Ley Orgánica 10/2022, del 6 de septiembre, de Garantía integral de la libertad sexual (España, 2022).
Legge 285/97, Disposizioni per la promozione di diritti e di opportunità per l’infanzia e l’adolescenza (Italia, 1997).
Ley para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes (México, 2000. Última reforma: 2010).
Ley 27337, que aprueba el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes (Perú, 2022).
Lei 112/2009, regime jurídico aplicável à prevenção da violência doméstica, à protecção e à assistência das suas vítimas (Portugal, 2009).
Lei 57/2021, Alarga a proteção das vítimas de violência doméstica, alterando a Lei 112/2009, de 16 de setembro, o Código Penal e o Código de Processo Penal (Portugal, 2021).
Ley orgánica 5859/2007 para la protección de niños, niñas y adolescentes (Venezuela, 2007).
6.1.2. Marco jurídico canónico
Código de Derecho Canónico. Libro VI, sobre las sanciones penales en la Iglesia (1983).
Constitución apostólica Pascite Gregem Dei, con la que se reforma el libro VI del Código de Derecho Canónico (23/5/2021).
Motu proprio Sacramentorum sanctitatis tutela (Juan Pablo II, 30/4/2001).
Normas sobre los delitos más graves reservados a la Congregación para la Doctrina de la Fe, que modifica al anterior documento, aumentando la edad de la víctima a los 18 años y equipara a la persona con uso de razón imperfecto a los menores de edad (Benedicto XVI, 21/5/2010).
Carta circular de la Congregación para la Doctrina de la Fe a las Conferencias Episcopales: Líneas Guía sobre casos de abuso sexual de menores por parte del clero (3/5/2011).
Quirógrafo del Santo Padre Francisco para la Institución de la Comisión Pontificia para la protección de menores (23/3/2014).
Estatuto de la Comisión Pontificia para la Protección de menores (21/4/2015).
Motu proprio “Como una madre amorosa” (Papa Francisco, 4/6/2016).
Carta al Pueblo de Dios (Papa Francisco, 20/8/2018).
Motu proprio “Vos estis lux mundi” (Papa Francisco. Entró en vigor el 1/6/2019 y el 25/3/2023 fue promulgada la versión oficial).
Vademecum: sobre algunas cuestiones procesales ante los casos de abuso sexual a menores cometidos por clérigos (Dicasterio para la Doctrina de la Fe, 5/6/2022).
6.2. A tener en cuenta en relación con la protección de datos
Es necesario garantizar que ante el surgimiento de una sospecha, revelación o denuncia de abuso, toda la información recopilada sea tratada de forma estrictamente confidencial, tomando las medidas necesarias para que el contenido no trascienda a terceros. Dicha información se refiere a la que se conozca o recabe de palabra, por escrito o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o por conocer en el futuro. El deber de confidencialidad afecta a todas las partes intervinientes, durante el proceso y una vez finalizado el mismo, y solo puede ceder en aquellos supuestos previstos legalmente.
A efectos de preservar la confidencialidad de los datos
No se debe revelar a personas ajenas a la Comisión de protección del Instituto (a excepción de la Superiora General) los datos de carácter personal a los que se haya tenido acceso, excepto en el caso de que ello sea necesario para dar debido cumplimiento a obligaciones impuestas por las leyes o normas que resulten de aplicación, o sea requerido para ello por mandato de la autoridad competente.
Toda la información confidencial que resulte de un caso de sospecha, revelación o denuncia de abuso se guardará con diligencia, garantizando la seguridad de los datos, incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental, aplicando medidas técnicas u organizativas apropiadas.
Esta información confidencial no será copiada, reproducida o utilizada para otros fines que no sean los del compromiso en el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la intervención en el asunto referido.
6.3. Glosario de términos
Abuso: Hacer objeto de trato deshonesto a una persona de menor experiencia, fuerza o poder. La Real Academia de la lengua Española distingue variantes. A continuación recogemos las que tienen relación con este documento:
Abuso de autoridad: abuso que comete un superior que se excede en el ejercicio de sus atribuciones.
Abuso de confianza: abuso consistente en engañar o perjudicar a alguien que, por inexperiencia, afecto o descuido, le ha dado crédito.
Abuso de superioridad: abuso consistente en el aprovechamiento de la desproporción de fuerza o número.
Abuso sexual: delito consistente en la realización de actos que atentan contra la libertad sexual de una persona, aunque sea sin violencia o intimidación.
Acoso: Perseguir a una persona de forma persistente.
Acoso escolar: El acoso escolar o bullying se produce cuando, de forma sistemática y prolongada en el tiempo, uno o más estudiantes persiguen e intimidan a otro a través de insultos, rumores, vejaciones, aislamiento social, motes, agresiones físicas, amenazas y coacciones, o persecución a través de redes sociales. Es una violencia entre iguales, aunque normalmente la víctima percibe al agresor como alguien superior a él por alguna circunstancia.
Acoso sexual: «Forma de acoso que tiene por objeto aprovecharse sexualmente de una persona, frecuentemente abusando de una posición de superioridad»[12].
Adulto vulnerable: «Cualquier persona en un estado de enfermedad, de deficiencia física o psicológica, o de privación de la libertad personal que, de hecho, limite incluso ocasionalmente su capacidad de entender o de querer o, en cualquier caso, de resistir a la ofensa»[13].
Agente de protección: Es la persona o equipo designado por el Gobierno General de la Congregación para coordinar todas las acciones que comportan la puesta en práctica de este documento, tanto en lo referente a la selección del personal y la formación, como a la intervención en el caso de denuncia o revelación. Le corresponde difundir y velar por el cumplimiento de los protocolos establecidos y realizar las comunicaciones pertinentes en caso de que se detecte una situación de violencia.
Agentes externos: Son todas las personas que intervienen en las distintas actividades de la Congregación: colaboradores, trabajadores, monitores y voluntarios.
Agresión sexual: Cuando se atenta contra la libertad sexual de un menor o persona vulnerable utilizando violencia o intimidación.
Buen trato: Aquel que, respetando los derechos fundamentales de las personas, promueve activamente los principios de respeto mutuo, dignidad del ser humano, convivencia democrática, solución pacífica de conflictos, derecho a igual protección de la ley, igualdad de oportunidades y prohibición de discriminación.
Ciberacoso: Es el acoso o intimidación utilizando las tecnologías digitales: redes sociales, plataformas de mensajería, plataformas de juegos y teléfonos móviles. Es un comportamiento que se repite y que busca atemorizar, enfadar o humillar a otras personas.
Descuido o trato negligente: Forma de maltrato infantil que se produce cuando la persona con responsabilidad sobre el menor no le proporciona los cuidados necesarios ni se satisfacen sus necesidades básicas, tales como alimentación, ropa, vivienda, educación adecuada, atención médica. Se debe tener en cuenta también la falta de afecto o apoyo emocional.
Entorno seguro: Es un ambiente cuidado donde se han minimizado los factores de riesgo en bien de las personas que van a frecuentarlo.
Explotación infantil: Se refiere, básicamente, al trabajo infantil forzoso cuando comporta la violación de algún derecho del menor; también se incluyen en este concepto otras realidades tales como el matrimonio forzoso, fundamentalmente de niñas, la trata de menores, la explotación sexual, el reclutamiento de niños soldados o la esclavitud doméstica.
Factores de riesgo: Son los elementos que multiplican las posibilidades de que se produzcan situaciones que generen lesiones, accidentes o peligros para las personas implicadas.
Maltrato físico, psicológico y emocional: Todas las conductas que, por acción o por omisión, intencionadas o negligentes, ocasionales o mantenidas en el tiempo, comprometan la integridad física, psicológica o emocional de los menores o adultos vulnerables, su libertad e indemnidad sexuales o, en general, su correcto desarrollo.
Menor: «Cualquier persona con una edad inferior a dieciocho años o legalmente equiparada a ella»[14].
Ordinario del lugar: En nuestro caso, se refiere siempre al Obispo diocesano o equiparado.
Prevención: Son todos los medios que se ponen para mitigar los riesgos de una situación de abuso. Comienza con el proceso de selección de las personas implicadas en las actividades del Instituto: hermanas, agentes externos y, en general, todos aquellos que vayan a tener contacto con menores y adultos vulnerables.
Pornografía infantil: «Cualquier representación de un menor, independientemente de los medios utilizados, involucrado en actividades sexuales explícitas, reales o simuladas, y cualquier representación de órganos sexuales de menores con fines predominantemente sexuales»[15].
Víctima: Es la persona que ve vulnerados su bienestar e integridad física, psicológica, social y espiritual por malos tratos o abuso.
Victimario: Es la persona que comete un abuso.
6.4. Documento de Responsabilidad personal
Este documento deberá ser firmado por todos los miembros de la Congregación de Misioneras Eucarísticas de Nazaret, así como por toda persona contratada o voluntaria que participe en las actividades organizadas por la misma. En cada país se adaptará el contenido a la legislación vigente.
Yo, ………………..………………………………………………………………………
miembro/colaborador/trabajador/voluntario/otros, en la obra ……………………………………………………………………………………………
de la Congregación de Misioneras Eucarísticas de Nazaret, manifiesto de forma expresa mi rechazo personal a todo tipo de abuso sexual y en general a todo tipo de violencia contra los menores y personas en situación de vulnerabilidad.
Al mismo tiempo doy fe de que conozco el documento de Política de protección de menores y adultos vulnerables de dicho Instituto, la doctrina de la Iglesia y las leyes relativas a este tema.
Por el presente escrito, me comprometo:
a participar en la formación que el Instituto Religioso me proponga sobre los abusos a menores y adultos en situación de vulnerabilidad, sus consecuencias y modos de actuar ante los mismos.
a solicitar un justificante de ausencia de antecedentes de delitos de naturaleza sexual en el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
a reconocer el deber del Instituto de informar a las autoridades eclesiales y civiles del incumplimiento de las responsabilidades por mí adquiridas.
Finalmente, declaro que he leído, asimilado y me comprometo a poner en práctica el protocolo de prevención y actuación frente a abusos sexuales a menores y adultos en situación de vulnerabilidad.
En el caso de cometer cualquier tipo de abuso sexual de menores o adultos en situación de vulnerabilidad, lo haría traicionando la confianza que la Iglesia y el Instituto han depositado en mí y, por tanto, a través de este documento, asumo mi responsabilidad única y exclusiva.
Y para que conste para los efectos oportunos, lo firmo en ………………………………….., a…………. de……………………. de 20………
Firma:
6.5. Factores de riesgo y de protección
Este Anexo tiene por objetivo abordar los factores de riesgo y de protección más significativos que se han de tener en cuenta, a fin de que toda nuestra vida y nuestra acción pastoral se desarrollen en el marco de un entorno seguro para todos.
Por tanto, en primer lugar, nos centraremos en la figura del potencial abusador, partiendo de la afirmación de que no es posible ofrecer un perfil único y específico del mismo, puesto que no lo hay, pero sí se pueden señalar algunas características o factores de riesgo que constituyen señales de alarma. En cualquier caso, la sola presencia de ellos, de manera aislada, no se ha de convertir en un motivo de juicio o sospecha, sino en ocasión de una mayor observación, atención y compromiso.
6.5.1. Factores de riesgo del potencial abusador
- Falta de habilidades sociales o estilo relacional inmaduro.
- Poca presencia de empatía y sentido de culpabilidad.
- Personalidad construida sobre la base de un rol, pero que no interioriza los valores evangélicos.
- Estilo manipulador y dominante, fundado en el poder sobre el otro, que deriva en su utilización.
- Personalidad seductora, que disfruta de manera excesiva el ser reconocido, necesitado, valorado, colocándose en el centro de atención.
- Falta de herramientas de gestión emocional.
- Búsqueda de relaciones exclusivas.
- Presencia de distorsiones cognitivas, tales como rigidez de pensamiento, dogmatismos, ideologizaciones.
- Presencia de adicciones.
- Recurrir a la mentira de manera habitual.
- Perfil narcisista, límite, antisocial o histriónico (derivados en trastornos de la personalidad).
- Presencia de trastornos mentales psicóticos.
6.5.2. Factores de riesgo de los menores de edad o personas en situación de vulnerabilidad
En segundo lugar, nos referimos a algunos factores de riesgo respecto de los menores o personas en situación de vulnerabilidad, que pueden potenciar o preparar el terreno para que se den situaciones de abuso o maltrato, lo que no significa que su sola presencia evidencie la existencia de las mismas.
- Situación de exclusión social, pobreza y exposición a violencia o maltrato.
- Abandono o negligencias en la atención, ya sea por descuido, enfermedad prolongada de algún familiar, ausencia de los progenitores o tutores por motivos laborales, etc.
- Presencia de adicciones en el menor o en su entorno.
- Consumo de pornografía.
- Presencia en las redes sociales sin formación ni vigilancia de un adulto.
- Problemas emocionales, baja autoestima, carencia de habilidades sociales.
- Problemas de salud mental o cognitivos.
6.5.3. Factores de protección
Una vez esbozados los factores de riesgo es preciso señalar los factores de protección, ya que sobre ellos recae en gran parte nuestra posibilidad de intervención, cultivándolos y potenciándolos.
- Cultivar el desarrollo de la espiritualidad del niño, así como el encuentro de toda persona con Cristo Eucaristía, que comunica e ilumina con su mensaje de vida y salvación toda circunstancia humana.
- Promover el desarrollo de sanas relaciones de fraternidad, potenciando el cuidado mutuo, la empatía, el respeto y la autonomía.
- Potenciar el desarrollo de una fuerte autoestima, fundada en la mirada de Dios creador, que todo lo ha hecho bueno.
- Promover el desarrollo de una sólida gestión emocional y responsabilidad personal, creando espacios de confianza en los que los menores puedan comunicar cómo se sienten y qué necesitan de los demás.
- Potenciar la capacidad de resolución de los conflictos cotidianos, la toma de decisiones, así como un sentido crítico respecto de sí mismos y de lo que acontece alrededor.
- Potenciar las actividades que desarrollan el sentido estético, la belleza y la bondad, el contacto con la naturaleza, la ayuda a los demás, la música, etc.
6.6. Mapas de riesgos
6.6.1. Pasos para elaborar los mapas de riesgos
- Identificar la actividad para la que se va a elaborar el mapa de riesgos (por ejemplo: convivencia con niños o adolescentes, recepción de un grupo de peregrinos en la casa de espiritualidad, etc.).
- Enumerar los diferentes momentos de la actividad, identificando los que pueden conllevar riesgo (por ejemplo: aseo, pernocta, viaje, senderismo, acompañamiento, etc.).
- Describir los posibles riesgos que podrían surgir en el transcurso de la actividad (por ejemplo: que un menor se quede solo con un adulto en un coche de camino a un centro de salud). Determinar cuál es el riesgo, cuándo se presenta, dónde, quién lo genera y a quién puede afectar.
- Evaluar y clasificar el riesgo. Aquí tendremos en cuenta dos variables fundamentales: la gravedad del impacto y la frecuencia o probabilidad de que ocurra.
- Proponer las medidas para hacer frente al riesgo y minimizarlo lo más posible. Estas deben ser asumibles y no generadoras de nuevos riesgos.
- Por último, periódicamente debe evaluarse el mapa de riesgos para constatar que se está cumpliendo, que responde a necesidades verdaderas y para ampliarlo en el caso de que se vea conveniente.
6.6.2. Modelo de mapa de riesgos
Ver en el pdf.
6.7. Bibliografía y referencias
- Barbero Gutiérrez, J. – Segovia Bernabé, J.L. – Anónimo, Víctimas de la Iglesia. Relato de un camino de sanación (Madrid 2016).
- Boletín oficial del Estado nº134, Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (5 de junio de 2021).
- Conferencia episcopal española, Protocolo marco de prevención y actuación en caso de abusos a menores y equiparables legalmente. Servicio de protección de menores (Madrid 2023).
- Conferencia episcopal española, Instrucción sobre abusos sexuales (Madrid 2023).
- Conferencia episcopal española, Página web “Para dar luz”: https://www.paradarluz.com/.
- Conferencia española de Religiosos, Política marco de protección y actuación en casos de abusos sexuales a menores y adultos vulnerables (Madrid 2022).
- Compañía de Jesús, Manual de Sistema de Entorno Seguro, 2018.
- Compañía de Jesús, Modo de proceder en relación con los menores a efectos de evitar conductas impropias, 2019.
- Meana, R. J., “El acompañamiento espiritual y los abusos de poder y de conciencia” en: AA.VV., Jornadas Teología: «Abusos de Poder y de Conciencia en la Iglesia», 2023.
- Papa Francisco, Carta al Pueblo de Dios, 2018.
- Papa Francisco, Carta apostólica Vos estis lux mundi, 2019.
- Pradera Salazar, S., “Por qué, para qué y cómo construir un sistema de entorno seguro, de buen trato y cuidado en nuestras instituciones”: Revista de Vida Religiosa CONFER 61 (2022) 287-305.
- Archidiócesis de Madrid, Proyecto Repara, Por una cultura del encuentro, (Madrid 2021).
- Santa Sede, Código de Derecho Canónico.
- González García, M., Partículas de Evangelio, en: Obras completas I (Madrid 1998, reimpr. 2020).
- Scouts, Entorno seguro. Guía práctica y protocolos de protección a la infancia y juventud en Scouts MSC, (2020).
[1] Benedicto XVI, Discurso, celebración de las Vísperas y encuentro con los obispos de Estados Unidos (16/4/2008).
[2] Un amplio elenco de documentos pontificios en los que trata el tema se puede encontrar en: https://www.vatican.va/resources/index_sp.htm.
[3] M. González García, Partículas de Evangelio, en: Obras completas I, nn. 1600-1601.
[4] La redacción de este documento se ha realizado siguiendo la línea marcada por la Conferencia Episcopal Española y la Conferencia Española de Religiosos, y en consonancia con sus propias políticas y protocolos, de los que se han asumido algunas expresiones textuales.
[5] Papa Francisco, Carta apostólica en forma de «Motu proprio» Vos estis lux mundi.
[6] Cf. Boletín oficial del Estado español, Ley Orgánica 8/2021, del 4 de junio, de Protección integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia, art. 48, punto c.
[7] Cf. Compañía de Jesús, Manual de Sistema de Entorno Seguro, 64.
[8] Cf. Ibid.
[9] En España la ley obliga a denunciar cualquier caso de abuso del que se tenga conocimiento. Cf. Boletín oficial del Estado español, Ley Orgánica 8/2021, del 4 de junio, de Protección integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia, art. 15.
[10] Cf. Ibid.
[11] Cf. Ibid.
[12] Real Academia de la lengua Española.
[13] Papa Francisco, Carta apostólica en forma de «Motu proprio» Vos estis lux mundi.
[14] Ibid. Se puede consultar también el Código de Derecho Canónico.
[15] Papa Francisco, Carta apostólica en forma de «Motu proprio» Vos estis lux mundi, art. 1 & 2.